lunes 11 noviembre 2024

Prohibición de “Canilla libre” en la Ciudad

La Legislatura de la Ciudad tratará el proyecto presentado por dos de sus legisladores, para prohibir la “Canilla Libre” en los lugares bailables.

Los Legisladores del PRO, Cristian Ritondo y Roberto Quattromano, presentaron un proyecto para que se prohíba, en los boliches de la Ciudad de Buenos Aires, la modalidad de “Canilla libre” que tanto atrae a los jóvenes.
En los locales bailables para la juventud, la modalidad de ofrecer “Canilla Libre”, atrae a los clientes por el hecho de poder conseguir tragos gratis, con solo el valor de la entrada.
De este modo, los concurrentes tienen la posibilidad de consumir una cantidad ilimitada de tragos, sin necesidad de gastar mucho, y así pasar la noche divirtiéndose por poco dinero.
El proyecto trata de evitar los excesos alcohólicos que tanto se ve en los últimos tiempos, y propone que: «Las consumiciones de bebidas que correspondan a la entrada de estos comercios no podrán ofrecer más de dos bebidas con alcohol”.
Al respecto, el legislador Cristian Ritondo comentó: “Con este proyecto procuramos evitar que los jóvenes caigan en la trampa de los especuladores que aplican estrategias de promoción y captación de clientes con promociones que apuntan al consumo abusivo de alcohol. Además, incitan a esta acción como una condición necesaria para divertirse en las salidas nocturnas“, y por su parte el legislador Roberto Quattromano, opinó: “Con la modalidad de la «canilla libre» se busca «darle forma de prácticas y valores positivos a la cultura del descontrol». «También ignora los efectos negativos, tanto individuales como colectivos de estas conductas sociales».
En el mismo también se estipulan las multas a las que se harán acreedores lo dueños de los boliches bailables, si no cumplieran con la norma.
De este modo dice: «el titular o responsable de un establecimiento bailable que expenda o promocione bebidas alcohólicas en la modalidad de canilla libre, será sancionado con una multa de seis mil ochocientos (6.800) a treinta y cuatro mil (34.000) unidades fijas, decomiso y clausura del establecimiento, tal como está estipulado para los locales que venden alcohol fuera del horario permitido».