Feriados del 2025
El 02 de mayo no será feriado sino Día no Laborable con fines turísticos.
Ante los requerimientos de algunos empresarios de turismo el Gobierno decidió que el 01 de mayo es Feriado conmemorando el Día Internacional del trabajador, pero “No así el día 02” que se declara que no es feriado obligatorio, sino Día no Laborable con fines turísticos, de modo de conformar un fin de semana largo.
De este modo según la Ley 27.399, se promueve el turismo para fomentar la actividad comercial en todo el país.
Los días “feriados nacionales” son de descanso obligatorio, y los días “no laborables” son optativos según cada empleador, por lo tanto queda a criterio del empleador el pago de la jornada, ya que al no ser obligatorio se paga como jornada simple.
La actividad en la administración pública será nula, y no habrá clases en las escuelas, ni bancos con atención al público.
Los empresarios que decidan no trabajar el 02 de mayo tendrán un fin de semana de 4 días, del 01 de mayo hasta el 04 de mayo inclusive.
Los feriados restantes del año 2025 serán:
- Jueves 1 de mayo: Día Internacional del Trabajador
- Viernes 2 de mayo: día no laborable con fines turísticos
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia
- Viernes 15 de agosto: feriado puente
- Lunes 18 de agosto: feriado trasladado del domingo 17 que se conmemora el Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- Jueves 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
- Viernes 21 de noviembre: feriado puente
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- Jueves 25 de diciembre: Navidad