I.V.A.: Declaraciones Juradas por WEB
El nuevo sistema reemplaza al sistema actual SIAP. Esta nueva medida tiene como finalidad terminar con la evasión fiscal y las irregularidades que se detectan.
A partir del 1º de julio de 2015 todas las declaraciones juradas de I.V.A., de los contribuyentes inscriptos, se realizarán por medio de la página de internet de AFIP.
Romina Palombi, de Auren, y Celeste Pizá, de CP Consultoría, informaron que:
“Esas declaraciones juradas web deberán efectuarse desagregando los débitos fiscales por cada actividad económica en la que se encuentre inscripto el contribuyente, así como las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso”. Asimismo,” El sistema permite la importación directa de las retenciones que figuren en el servicio «Mis retenciones».
La especialista de Auren indicó que: «Cabe aclarar que la obligación opera respecto de las declaraciones juradas originales o rectificativas».
La presentación se hará ingresando, mediante clave fiscal, al servicio denominado «Mis Aplicaciones WEB» y seleccionando el formulario «F2002 IVA por Actividad», que se encuentra disponible en la página de Internet de la A.F.I.P.
Celeste Pizá apuntó que “La nueva norma apunta a combatir la evasión fiscal y las facturas apócrifas” y que “por un lado se busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y por otro lado, optimizar las funciones de fiscalización de los impuestos”
La normativa será optativa para quienes estén obligados a confeccionar declaraciones juradas con vencimientos a partir del pasado 2 de Febrero.
Se encuentran comprendidos los contribuyentes inscriptos en el IVA que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades vinculadas, según enumeró Pizá, con las siguientes categorías: empresas promovidas, proveedores de empresas promovidas, exportadores, responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital, sujetos con Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias, adheridos al Régimen Agropecuario con Pago Anual, alcanzados por los beneficios de la ley sobre inversiones para bosques cultivados, quienes se hallan bajo el régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles, régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica, beneficios para actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la Central Nuclear Embalse.